Procedimientos


# Descripción Adjunto(s) Fecha de publicación
1 RESOLUCIÓN AETN N° 381/2024, APROBACIÓN DE DERECHOS PARA EL TRÁMITE DE INSCRIPCIÓN DE EMPRESAS DEDICADAS AL DISEÑO DE PROYECTOS E INSTALACIÓN DE GENERACIÓN DISTRIBUIDA Y AUTOPRODUCTORES CON GENERACIÓN DISTRIBUIDA.    

Aprobar los Derechos para el Trámite de Inscripción de Empresas dedicadas a la Elaboración de Proyectos e Instalación de Generación Distribuida, en el Registro de Empresas Instaladoras del Ente Regulador y Autoproductores con Generación Distribuida.

   2024-07-09
2 RESOLUCIÓN AETN N° 380/2024, REGLAMENTO DE RETRIBUCIÓN POR LA ENERGÍA INYECTADA A LA RED DE DISTRIBUCIÓN EN LA GENERACIÓN DISTRIBUIDA.     Aprobar el “Reglamento de Retribución por la Energía Inyectada a la Red de Distribución en la Generación Distribuida", que en Anexo forma parte inseparable de la presente Resolución; abrogar la Resolución AETN N° 488/2022 de 1° de septiembre de 2022; instruir a los Distribuidores y Operadores Eléctricos para que en el plazo de veinte (20) días hábiles administrativos a partir de la publicación de la presente Resolución, realicen las adecuaciones de sus sistemas normativos, operativos y comerciales de acuerdo al Reglamento aprobado en la Disposición Primera del presente acto administrativo, en observancia del inciso d) del parágrafo I del artículo 7 del Decreto Supremo No 4477 incorporado conforme el artículo 3 parágrafo III del Decreto Supremo No 5167 de 05 de junio de 2024; instruir a los Distribuidores y Operadores Eléctricos aplicar el Reglamento aprobado en Disposición Primera de la presente Resolución a partir del mes de facturación siguiente al de la publicación del presente acto administrativo; y disponer que la Unidad de Gestión Estratégica (UGE) de la AETN publique la presente Resolución por una sola vez, en un órgano de prensa de circulación nacional, en aplicación del artículo 34 de la Ley N° 2341 de 23 de abril de 2002, Ley de Procedimiento Administrativo y en la página web https://www.aetn.gob.bo.    2024-07-09
3 RESOLUCIÓN AETN N° 379/2024, REGLAMENTO PARA EL REGISTRO E INCORPORACIÓN DE LOS GENERADORES DISTRIBUIDOS A LA RED DE DISTRIBUCIÓN.    

Aprobar el "Reglamento para el Registro e Incorporación de los Generadores Distribuidos a la Red de Distribución" que en Anexo forma parte inseparable de la presente Resolución; derogar la Resolución AETN No 485/2022 de 1° de septiembre de 2022; instruir a los Distribuidores para que en el plazo de veinte (20) días hábiles administrativos a partir de la publicación de la presente Resolución, realicen las adecuaciones de sus sistemas normativos, operativos y comerciales a los Procedimientos aprobados en la presente resolución, en observancia del inciso d) del artículo 7 del Decreto Supremo No 5167 de 05 de junio de 2024; y disponer que la Unidad de Gestión Estratégica {UGE) de la AETN publique la presente Resolución por una sola vez, en un órgano de prensa de circulación nacional, en aplicación del artículo 34 de la Ley No 2341 de 23 de abril de 2002, Ley de Procedimiento Administrativo y en la página web https://www.aetn.gob.bo.

   2024-07-09
4 RESOLUCIÓN AETN N° 378/2024, REGLAMENTO PARA LA RECOLECCIÓN Y REMISIÓN DE INFORMACIÓN AL ENTE REGULADOR DE LOS GENERADORES DISTRIBUIDOS Y AUTOPRODUCTORES DE GENERACIÓN DISTRIBUIDA.    

Aprobar el “Reglamento para la Recolección y Remisión de Información al Ente Regulador de los Generadores Distribuidos y Autoproductores de Generación Distribuida”, que en Anexo forma parte inseparable de la presente resolución; abrogar la Resolución AETN No 487/2022 de 1 o de septiembre de 2022; instruir a los Distribuidores y Operadores Eléctricos en el plazo de veinte (20) días hábiles administrativos, computados, a partir de la publicación del presente Reglamento, realicen las adecuaciones de sus sistemas normativos, operativos y comerciales; instruir a la Unidad de Tecnologías (UTI) de la AETN, adecuar el Sistema Informático con la finalidad de que el Distribuidor u Operador Eléctrico reporte la Información establecida en el Reglamento aprobado en la Disposición Primera del presente acto administrativo; y disponer que la Unidad de Gestión Estratégica (UG) de la AETN publique por una sola vez, en un órgano de prensa de circulación nacional, en aplicación del artículo 34 de la Ley N° 2341 de 23 de abril de 2002, Ley de Procedimiento Administrativo y en la página web https://www.aetn.gob.bo.
   2024-07-09
5 RESOLUCIÓN AETN N° 377/2024, REGLAMENTO PARA LA INSCRIPCIÓN DE LA AUTOPRODUCCIÓN CON GENERACIÓN DISTRIBUIDA.    

Aprobar el "Reglamento para la Inscripción de la Autoproducción con Generación Distribuida”, que en Anexo forma parte inseparable de la presente Resolución; instruir a los Distribuidores u Operadores Eléctricos para que en el plazo de veinte (20) días hábiles administrativos a partir de la publicación de la presente Resolución, realicen las adecuaciones de sus sistemas normativos, operativos y comerciales de acuerdo al Reglamento aprobado en la Disposición Primera del presente acto administrativo; instruir a la Unidad de Tecnologías de la AETN realizar la publicación de los nuevos requisitos legales y técnicos del Reglamento aprobado en la Disposición Primera de la presente Resolución, en la Página Web https:/lwww.aetn.gob.bo; y disponer que la Unidad de Gestión Estratégica (UGE) de la AETN publique la presente Resolución por una sola vez, en un órgano de prensa de circulación nacional, en aplicación del artículo 34 de la Ley No 2341 de 23 de abril de 2002, Ley de Procedimiento Administrativo y en la página web https://www.aetn.gob.bo.

   2024-07-09
# Descripción Adjunto(s) Fecha de publicación
6 RESOLUCIÓN AETN N° 376/2024, REGLAMENTO PARA LA INSCRIPCIÓN DE EMPRESAS DEDICADAS AL DISEÑO DE PROYECTOS E INSTALACIÓN DE GENERACIÓN DISTRIBUIDA, EN EL REGISTRO DE EMPRESAS INSTALADORAS DEL ENTE REGULADOR.       

Aprobar el “Reglamento para la Inscripción de Empresas dedicadas al Diseño de Proyectos e Instalación de Generación Distribuida  en el Registro de Empresas Instaladoras del Ente Regulador", que en Anexo forma parte inseparable de la presente Resolución; Abrogar la Resolución AETN N° 486/2022 de 1° de septiembre de 2022; Instruir a los Distribuidores y Operadores Eléctricos para que en el plazo de veinte (20) días hábiles administrativos a partir de la publicación de la  presente  Resolución,  realicen  las  adecuaciones  de  sus  sistemas  normativos, operativos y comerciales  al Reglamento  aprobado en la Disposición  Primera de la presente Resolución,  en cumplimiento del parágrafo VI del artículo 6 del Decreto Supremo No 4477 de 24 de marzo de 2021; Instruir a la Unidad de Tecnologías de AETN  realizar  la   publicación  de  los  nuevos  requisitos   legales  y  técnicos   del Reglamento aprobado  en la Disposición Primera  de la presente  Resolución, en la Página Web de la AETN para fines consiguientes; Instruir a la Unidad de Tecnologías de la AETN,  adecuar la  plataforma Web para publicar  la  lista  actualizada de las Empresas Instaladoras inscritas e implementar el Formulario N° 1 para el llenado vía Web de las Empresas Instaladoras solicitantes y el repositorio de información digital; y disponer que a Unidad de Gestión Estratégica (UGE) de la AETN publique la presente Resolución por una sola vez, en un órgano de prensa de  circulación nacional,  en aplicación del artículo  34  de  la  Ley  No  2341  de  23  de  abril  de  2002,  Ley  de Procedimiento Administrativo y en la página web https://www.aetn.gob.bo.

   2024-07-09
7 RESOLUCIÓN AETN Nº 488/2022, PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACIÓN DE LA RETRIBUCIÓN POR LA ENERGÍA INYECTADA A LA RED DE DISTRIBUCIÓN EN LA ACTIVIDAD DE GENERACIÓN DISTRIBUIDA.     Aprobar el “Procedimiento para la Determinación de la Retribución por la Energía Inyectada a la Red de Distribución en la Actividad de Generación Distribuida”, que consta en el Anexo de la presente Resolución; Revocar la Resolución AETN N° 343/2021 de 02 de julio de 2021; instruir a las Empresas Distribuidoras y Operadores Eléctricos para que en el plazo de veinte (20) días hábiles administrativos a partir de la publicación de la presente Resolución, realicen las adecuaciones de sus sistemas normativos, operativos y comerciales de acuerdo al citado Procedimiento, en cumplimiento del parágrafo VI del artículo 6 del Decreto Supremo N° 4477 de 24 de marzo de 2021; disponer que la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN) proceda con la publicación de la presente Resolución por una sola vez, en un órgano de prensa de circulación nacional, en aplicación del artículo 34 de la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo de 23 de abril de 2002 y en la página web https://www.aetn.gob.bo.    2022-09-02
8 RESOLUCIÓN AETN Nº 487/2022, PROCEDIMIENTO PARA LA RECOLECCIÓN Y REMISIÓN DE INFORMACIÓN AL ENTE REGULADOR DE LOS GENERADORES DISTRIBUIDOS.     Aprobar el “Procedimiento para la Recolección y Remisión de Información al Ente Regulador de los Generadores Distribuidos”, que consta en el Anexo de la presente Resolución; Revocar la Resolución AETN N° 346/2021 de 02 de julio de 2021; instruir a las Empresas Distribuidoras y Operadores Eléctricos para que en el plazo de veinte (20) días hábiles administrativos a partir de la publicación de la presente Resolución, realizar las adecuaciones de sus sistemas normativos, operativos y comerciales conforme al Procedimiento aprobado en la Disposición Primera de la presente Resolución, en cumplimiento del parágrafo VI del artículo 6 del Decreto Supremo N° 4477 de 24 de marzo de 2021; instruir a la Unidad de Tecnologías de la Información (UTI) de la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN), adecuar el Sistema Informático con la finalidad de que el Distribuidor u Operador Eléctrico reporte la información establecida en el Procedimiento que consta en el Anexo de la presente Resolución; disponer que la AETN, realice la publicación de la presente Resolución por una sola vez, en un órgano de prensa de circulación nacional, en aplicación del artículo 34 de la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo de 23 de abril de 2002 y en la página web https://www.aetn.gob.bo.    2022-09-02
9 RESOLUCIÓN AETN Nº 486/2022, PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN DE EMPRESAS DEDICADAS A LA ELABORACIÓN DE PROYECTOS E INSTALACIÓN DE GENERACIÓN DISTRIBUIDA, EN EL REGISTRO DE EMPRESAS INSTALADORAS DEL ENTE REGULADOR     Aprobar el “Procedimiento para la Inscripción de Empresas dedicadas a la Elaboración de Proyectos e Instalación de Generación Distribuida, en el Registro de Empresas Instaladoras del Ente Regulador”, conforme al Anexo de la presente Resolución; Revocar la Resolución N° 345/2021 de 02 de julio de 2021; instruir a las Empresas Distribuidoras y Operadores Eléctricos para que en el plazo de veinte (20) días hábiles administrativos a partir de la publicación de la presente Resolución, realizar las adecuaciones de sus sistemas normativos, operativos y comerciales conforme al Procedimiento aprobado en la Disposición Primera de la presente Resolución, en cumplimiento del parágrafo VI del artículo 6 del Decreto Supremo N° 4477 de 24 de marzo de 2021; instruir a la Unidad de Tecnologías (UTI) de la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN), realizar la publicación de los nuevos requisitos legales y técnicos del Procedimiento aprobado en la Disposición Primera de la presente Resolución en la Página Web de la AETN; instruir a la Unidad de Tecnologías de la AETN, adecuar la plataforma Web para publicar la lista actualizada de las Empresas Instaladoras inscritas; disponer que la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN) realice la publicación de la presente Resolución por una sola vez, en un órgano de prensa de circulación nacional, en aplicación del artículo 34 de la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo de 23 de abril de 2002 y en la página web https://www.aetn.gob.bo    2022-09-02
10 RESOLUCIÓN AETN Nº 485/2022, PROCEDIMIENTO TÉCNICO COMERCIAL PARA EL REGISTRO E INCORPORACIÓN DE LOS GENERADORES DISTRIBUIDOS A LA RED DE DISTRIBUCIÓN EN BOLIVIA.     Aprobar el “Procedimiento Técnico Comercial para el Registro e Incorporación de los Generadores Distribuidos a la Red de Distribución en Bolivia” conforme al Anexo; aprobar el “Procedimiento de Regularización del Registro de Consumidores con Generación Distribuida existentes antes de la promulgación de la Normativa”, conforme al Anexo; Revocar la Resolución AETN N° 344/2021 de 02 de julio de 2021; instruir a las Empresas Distribuidoras y Operadores Eléctricos para que en el plazo de veinte (20) días hábiles administrativos a partir de la publicación de la presente Resolución, realizar las adecuaciones de sus sistemas normativos, operativos y comerciales conforme al Procedimiento aprobado en la Disposición Primera de la presente Resolución, en cumplimiento del parágrafo VI del artículo 6 del Decreto Supremo N° 4477 de 24 de marzo de 2021; disponer que la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN) realice la publicación de la presente Resolución por una sola vez, en un órgano de prensa de circulación nacional, en aplicación del artículo 34 de la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo de 23 de abril de 2002 y en la página web https://www.aetn.gob.bo.    2022-09-02
11 APROBACION DE ARANCELES PARA EL TRAMITE DE INSCRIPCION DE EMPRESAS INSTALADORAS DE GENERACION DISTRIBUIDA      Aprobación de los Arnaceles para el Trámite de Inscripción de Empresas dedicadas a la Elaboración de Proyectos e Instalación de Generación Distribuida, en el Registro de Empresas Instaladoras del Ente Regulador
   2021-08-11
12 PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN DE EMPRESAS DEDICADAS A LA ELABORACIÓN DE PROYECTOS E INSTALACIÓN DE GENERACIÓN DISTRIBUIDA, EN EL REGISTRO DE EMPRESAS INSTALADORAS DEL ENTE REGULADOR     En observancia de lo establecido en el Decreto Supremo N° 4477 de 24 de marzo de 2021, se aprueba mediante Resolución el “Procedimiento para la Inscripción de Empresas dedicadas a la Elaboración de Proyectos e Instalación de Generación Distribuida, en el Registro de Empresas Instaladoras del Ente Regulador”.    2021-07-06
13 PROCEDIMIENTO PARA LA RECOLECCION Y REMISION DE INFORMACIÓN AL ENTE REGULADOR DE LOS GENERADORES DISTRIBUIDOS      En observancia de lo establecido en el Decreto Supremo N° 4477 de 24 de marzo de 2021, se aprueba mediante Resolución el “Procedimiento para la Recolección y Remisión de Información al Ente Regulador de los Generadores Distribuidos”.    2021-07-06
14 PROCEDIMIENTO TÉCNICO COMERCIAL PARA EL REGISTRO E INCORPORACIÓN DE LOS GENERADORES DISTRIBUIDOS A LA RED DE DISTRIBUCIÓN EN BOLIVIA.     En el marco de las atribuciones concedidas mediante Decreto Supremo N° 3892 de 1 de mayo de 2019 y considerando la necesidad de normar las actividades relacionadas al registro y la incorporación de la Generación Distribuida en los sistemas de distribución de energía eléctrica contemplado en el numeral I del artículo 6 del Decreto Supremo N° 4477 de 24 de marzo de 2021 se establece el proyecto de “Procedimiento Técnico Comercial para el Registro e Incorporación de los Generadores Distribuidos a la Red de Distribución en Bolivia” que contempla los requisitos y plazos para el registro e incorporación de los Generadores Distribuidos a la Red de Distribución, así como también los requisitos para la normal operación de la generación distribuida conectada a la red de distribución    2021-07-06
15 PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACIÓN DE LA RETRIBUCIÓN POR LA ENERGÍA INYECTADA A LA RED DE DISTRIBUCIÓN EN LA ACTIVIDAD DE GENERACIÓN DISTRIBUIDA       Se establece el Procedimiento para la Determinación de la Retribución por la Energía Inyectada a la Red de Distribución en la Actividad de Generación Distribuida.    2021-07-06
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